HISTORIA

ANTECEDENTES Y VIGENCIA DEL COLEGIO DE PROCURADORES DE MURCIA

Aunque la representación de las partes en los pleitos y en negocios jurídicos tiene un origen antiquísimo ya que está contemplada en el Derecho Romano la actuación de los apoderados ante los tribunales no ha debido de cesar en el transcurso del tiempo. En España queda constancia de que en el siglo XIV ya ejercían su función como luego se verá, pero es el 14 de Febrero de 1495 cuando los Reyes Católicos dictaron las “Ordenanzas de Abogados y Procuradores”.

A estos Procuradores ejercientes en los Reales Consejos o tribunales superiores se les dio cierta oficialidad en su cargo al considerárseles de “oficio enajenado de la Corona” al igual que todos los cargos de la administración de Justicia. Con esta consideración oficial y su consiguiente enajenación del cargo por la Corona, estos causídicos precisaban efectuar una inversión para comprar a la Corona el oficio, lo que se efectuaba “de por vida” y en algunos casos con la facultad de su transmisión “mortis causa”. El número de los que se vendían era limitado (numerus clausus) y eran llamados “Procuradores de número” denominación y limitación de número conservada hasta tiempos recientes, diferenciándose de los que solo ejercían en las jurisdicciones inferiores, sin limitación de número, llamados “Procuradores de causa” que podían limitar su actuación a un solo pleito ante los tribunales inferiores. Esta figura se ha mantenido hasta tiempos cercanos, con los partidos judiciales y tribunales inferiores. Esto fue así como actuación profesional personal autorizada oficialmente por la Corona.

Como corporación organizada de forma similar a los gremios, y a pesar de que las cofradías profesionales se encontraban prohibidas desde 1552 por Felipe II, existen datos como el que en el año de 1563 Francisco de Castro junto a cinco procuradores de número de Madrid plantean al Rey los agravios que por intrusismo recibe la clase y el 7 de Mayo promulga una Real Cédula en la que se afianza a los Procuradores y se excluía a los intrusos de su actuación ante los tribunales de Justicia. De este modo se constituye “de facto” una corporación de Procuradores a pesar de estar prohibidas.

Para obviar esta prohibición y favorecidos por la corriente religiosa imperante en la época, se constituyen algunas de ellas en Hermandades de carácter religioso, que en su normativa reguladora, además de la atención que se presta a los actos de carácter religioso, establecen la deontología que debía inspirar sus actuaciones profesionales. De esta forma, como queda dicho, se funda en 1396 la Cofradía de Procuradores de Zaragoza y la Hermandad de Procuradores de Salamanca en 1562, que constituyen los antecedentes formales de los actuales colegios de procuradores.

Ya desde 1619 en adelante, existen múltiples manifestaciones de la actividad de estas Hermandades y es en 1712 cuando Felipe V confirma todos sus privilegios y prerrogativas de forma oficial.

Es de entender que perteneciendo Murcia al Reino de Castilla y aplicándose su justicia en ella por los corregidores y jueces pesquisidores por la Corona designados, se produjera igualmente el reconocimiento de sus oficios y cargos en la administración de Justicia.

Muy probablemente, en Murcia se constituirían en Hermandades religiosas para su funcionamiento corporativo y que los datos que lo corroboren se encuentren recogidos en los archivos del Obispado y en los del Concejo de la Ciudad. Así Frutos Baeza en la publicación póstuma de su obra “Bosquejo histórico de Murcia y su Concejo” cita como en 1410 el Procurador (síndico) del Concejo tuvo el encargo de hacer memoria y relación de los crímenes y escándalos cometidos en la Ciudad. Asi mismo, según las investigaciones del Doctor en Historia D. José Iniesta Magán realizadas cerca del Archivo Histórico Provincial de Murcia, ya en 1711 ante el notario D. Jorge Pérez Mesía los Escribanos y Procuradores de número “Se obligan y les obligan para siempre. Se celebrará el misterio, haciéndole Procesión por esta Ciudad, con la mayor solemnidad que sea posible…” todo ello en relación con la Archicofradía de Nuestro Señor Jesucristo Resucitado.

No obstante lo anterior la actividad del Procurador se encuentra recogida en multitud de documentos en los que se les cita como apoderados. Personajes insignes de Murcia como Francisco Salzillo Alcaraz y precisamente por su relevancia, han sido objeto de estudio por ilustres investigadores como D. Javier Fuentes y Ponte, Don José Sánchez Moreno y Don Vicente Montojo Montojo, por citar tres épocas diferenciadas, quienes han constatado la utilización por parte del célebre escultor de la figura del Procurador para su representación ante los tribunales y para la celebración de actos jurídicos. Cito como muestra de lo que antecede los siguientes:

1.- Poder otorgado por D. Francisco Salzillo Alcaraz a favor de D. José Fernández de Rueda, D. Agustín Balberde y Ysidoro Alarcón para que lo represente en la partición de bienes de Magdalena Gómez (abuela del escultor).

2.-El 27 de Julio de 1744 Inés Salzillo otorga poder a procuradores para pleitos, causas y negocios.

3.-El 30 de Septiembre de 1746 Francisco Salzillo otorga ante el escribano E. de los Monteros, por sí y su mujer poder a varios procuradores.

4.-El 6 de Junio de 1754 ante el escribano Villaescusa otorga poder a favor de D. Diego Vázquez y otros procuradores de número de Murcia, Cartagena y la Chancillería de Granada.

5.-El 27 de Junio de 1766 Francisco Salzillo otorga ante el escribano López Mesas nuevos poderes a procuradores.

6.- Francisco Salzillo junto a otros miembros de las Hermandades del Santísimo Sacramento y Ánimas de la parroquia de Santa Catalina otorga poderes a procuradores de número.

7.-En 1733 la Cofradía de Jesús representada por el procurador Miguel Garcia Horcajada presenta demanda judicial contra el convento y religiosos de San Agustín que fueron representados por el procurador D. Agustín Valverde Ortiz.

8.- El 26 de Febrero de 1765 la Cofradía de Jesús presenta escrito firmado por el letrado D. Pedro Marín Alfocea y el procurador D. Nicolás Serrano Abadía en el que solicitan la ejecución de la sentencia dictada en el pleito seguido contra los Agustinos.

Por último, dos anécdotas referidas a la figura de D. Franciso Salzillo y su relación con los procuradores: Habiendo sido llamado a filas y estando exento de prestar servicio de armas por su profesión de escultor, otorga poderes a procuradores de Madrid para que consigan la rectificación de su incorporación al Ejercito. Es igualmente anecdótico el hecho de que su cuñado D. Francisco García Comendador casado con su hermana Inés fuera procurador de número.

Todo lo relatado lo es únicamente en relación con la figura de nuestro genial escultor, lo que nos hace pensar que socialmente la figura del Procurador era utilizada con asiduidad en la administración de la Justicia en Murcia.

Al igual que ocurre en la capital de España no es hasta el siglo XIX que se crean las Corporaciones de Procuradores como Colegios Profesionales.

Así en el Colegio de Procuradores de Murcia, investigada toda la documentación existente en el mismo, resulta como primer colegiado del que hayamos obtenido datos, D. Benito Malvasía que fue dado de alta en 1844 junto a otros cinco procuradores de número: D. Francisco de Paula del Villa, D. Juan José de Vila, D.Antonio Marco Padilla, D. Joaquín Salva del Castillo y D. Gaspar Valeriola, a los que, por carecer de más datos, debemos considerar como componentes iniciales del Colegio de Procuradores de Murcia, habida cuenta de lo extraño que resulta que seis procuradores se den de alta el mismo año, cuando lo habitual era contabilizar en aquellos tiempos, una nueva alta cada dos o tres años..

Es por esto que en los años 80 con la modernización del Colegio y ante la inexistencia de un orden de colegiación, se adjudicara a estos procuradores mencionados, los números de colegiados del uno al seis, adjudicando los sucesivos al resto de los procuradores por orden cronológico de incorporación al Colegio, hasta la actualidad.

La modernización de este Colegio con la ocupación de sus nuevas instalaciones en la Calle Enrique Villar el día 13 de Septiembre de 1991, marca definitivamente la puesta al día de la Corporación, ya que anteriormente siempre estuvo ubicada en instalaciones propias de los tribunales de Justicia y en situación de precario.

En la actualidad, con la informatización de la Administración de Justicia, este Colegio ha tenido que afrontar los nuevos retos que representan, no solo inversiones en el material necesario sino también la preparación adecuada de sus colegiados y trabajadores, indispensable para realizar su labor de coadyuvar con los órganos judiciales que por historia y tradición ha venido desarrollando ejemplarmente.

Guillermo Martínez Torres